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sábado, 28 de septiembre de 2013

Newsletter de septiembre a vuestra disposición

Ya hemos publicado en nuestra web el boletín informativo de este mes, os aconsejamos su lectura, podéis acceder a ella mediante este enlace (pinchar aquí).
Un saludo,

                                                          www.bono-che.es

jueves, 12 de septiembre de 2013

Justificante bancario con exceso de información, puede acarrear multa

Y esto es lo que ocurre en la Resolución R/01601/2013 de la Agencia Española de Protección de Datos, de fecha 24/07/2013.El procedimiento se abrió por denuncia de una cliente de Ibercaja, que el 7/11/11 recibió un ingreso realizado por un tercero en su cuenta corriente. Dicho ingreso le fue anunciado por SMS por la entidad bancaria, y dado que necesitaba copia del justificante del mismo, para adjuntarlo a una denuncia presentada en la Inspección de Trabajo contra el pagador, la solicitó a la sucursal en que se realizó el ingreso.
Al llegarle dicha copia vía fax, descubrió que en el recibo entregado al tercero realizador del ingreso, constaban su nombre completo y domicilio. Tramitado el procedimiento, con las pertinentes alegaciones del denunciado, el mismo finaliza con multa de 20.000€, por incumplimiento del deber de secreto del artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Podéis acceder a la resolución completa en (Texto Resolución)

viernes, 30 de agosto de 2013

Nueva dirección

A partir del lunes 2 de septiembre, seguiremos prestando nuestros servicios en la nueva oficina sita en Calle Eduardo Boscá nº 19, puerta 5 de Valencia.
www.bono-che.es

viernes, 26 de julio de 2013

Inclusión precipitada en fichero de solvencia

El pasado 8-07/2013, la Agencia de Protección de Datos, dictó la Resolución  R/01613/2013, por la que se impone a Telefónica Móviles de España, una multa de 10.000€.

Los hechos que se declaran probados en la resolución son los siguientes, la clienta denunciante, abonó el 10-02-2011 dentro del plazo establecido por la denunciada, factura correspondiente con aviso de pago, que daba plazo hasta el 13-02-2011.El 9-02-2011 la denunciada, tramitó la inclusión de la denunciante en el fichero BADEXCUG de solvencia patrimonial y crédito.
Se puede acceder al texto completo de la resolución.

martes, 2 de julio de 2013

Google en Suecia

Según informa El Confidencial, el municipio sueco de Salem, ha prohibido el uso a sus funcionarios de los productos de Google, debido a la imposibilidad de garantizar la seguridad de los datos personales, según la política de privacidad actual de esta compañía.

Desde este blog, hemos venido informando en reiteradas ocasiones, de las diferentes deficiencias en materia de seguridad, según el criterio de la mayoría de autoridades europeas de protección de datos, como la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Los productos de Google, pueden ser utilizados por particulares, sin mayores problemas, siempre que no contengan información confidencial o datos de terceros, pero su utilización por empresarios y profesionales puede generar problemas de privacidad y por lo tanto, pueden llegar a ser sancionados por ello por la AEPD.

Otra circunstancia a tener en cuenta, es la casi imposibilidad de ejercitar nuestros derechos ante esta empresa, que en España solo cuenta con una filial de publicidad y dice no ser responsable del buscador, en reiterados requerimientos de la AEPD o los tribunales.

Actualmente existen servicios similares, que si garantizan la seguridad, aunque con coste para sus usuarios. Los servicios de Google son gratuitos, porque les autorizamos a utilizar mucha de nuestra información, para que ellos puedan hacer negocio con la publicidad. Cuestión completamente legal, pero que no garantiza la seguridad de los datos personales en todos los casos.

martes, 28 de mayo de 2013

LOPD y Fallas

El pasado día 11/05/2013, se publicó en el periódico Las Provincias, la noticia: “Las   29 Fallas de Torrent protegen los datos de sus miembros para cumplir la legislación”. Lo curioso del caso, es que se da por novedad, lo que en ningún caso lo es, pues contrariamente a lo que se indica, no es una obligación que les ataña desde el año 2007, sino desde la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre de protección de Datos de Carácter Personal. Como si se indica bien en el citado artículo, las obligaciones al respecto son las mismas que para cualquier asociación o empresa, si bien, creemos muy importante, incidir en algo que no se refleja en la noticia y es el relativo a los datos de menores, que están especialmente protegidos, así como la incidencia que puede tener la participación de estas entidades en redes sociales, la utilización de fotos, etc.…

En definitiva, como cualquier otra entidad, que maneja datos personales, han de cumplir con la LOPD, para lo cual han de seguir los protocolos de seguridad necesarios, recogidos en el Documento de Seguridad, además del registro de los ficheros ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Y lo más importante, cumplir estos protocolos o procedimientos de seguridad.

jueves, 2 de mayo de 2013

5ª Sesión anual abierta de la Agencia Española de Protección de Datos

             

El pasado viernes 26 de abril de 2013, tuvo lugar en  Madrid, en un marco incomparable como es el Teatro Real, y con gran cantidad de público, dicha Sesión, a la que acudimos, dentro de nuestro compromiso profesional de ofreceros el mejor y más actualizado servicio.

En la misma, por parte del Director de la AGPD, tuvo lugar la presentación de la Guía para Clientes, y la de Orientaciones para proveedores, en materia de Cloud computing.

Así como la comunicación de la presentación en el día de ayer 29-04-2013, de la “Guía sobre el uso de cookies”.

El número de reclamaciones presentadas ante la AGPD el pasado año 2012, subió un 9,2%, aumentando un 40% el número de resoluciones en  el mismo periodo.

Finalizó su intervención con la siguiente frase, que encontramos muy ilustrativa:”Sin protección de datos no hay confianza, y sin confianza no habrá un desarrollo solido de la economía digital.”

Intervino, también Don Jesús Rubí Navarrete, el cual hizo la siguiente reflexión, sobre el Cloud computing: “Si bien la información está en la nube, la responsabilidad sigue en la tierra:”

Se manifestó el que ya están teniendo lugar actuaciones inspectoras en el tema de cookies en España, y en respuesta a consultas, se dijo que no se había introducido ninguna certificación en la guía de Cloud computing, para evitar primar a unos proveedores de servicios en relación a otros.

Por parte del Jefe del Gabinete Jurídico de la AGPD, Agustín Puente Escobar, se ilustró al público sobre las sentencias e informes más relevantes del pasado año, entre ellos, el que son datos personales el DNI y las imágenes, pero las imágenes por si solas, lo son únicamente, siempre y cuando permitan la identificación de la persona.

Se indicó asimismo, que si procede la aplicabilidad de la LOPD a las empresas que crean un perfil en una red social.

De la intervención de Don José López Calvo, Subdirector General de Inspección de Datos, podemos resaltar, el que ha habido un aumento sustancial en las denuncias por suplantación sobre todo en los casos de contratación de energía y agua. Pudiendo afectar la responsabilidad en estos casos, al comercial o al responsable o a ambos.

Asimismo, el aumento de las denuncias en el sector de las telecomunicaciones ha sido de un 92%, y en cuanto al Derecho al olvido, su ejercicio ha aumentado un 13% con relación al año anterior, habiendo en este caso un porcentaje de resoluciones estimatorias del 45%.

En cuanto a diversos apercibimientos comentados, cabe destacar el A/00367/2011  a un bombero por difusión en Youtube de grabaciones tomadas en actos de servicio.

Finalmente, hubo una ronda de respuestas a consultas de los asistentes entre los participantes por parte de la AGPD, entre los que cabe destacar, en este periodo de Declaración de la Renta, el que la asignación a la Iglesia Católica u ONG´S en la declaración de la renta, no es un dato especialmente protegido.

Fue una jornada interesante, al igual que las anteriores sesiones celebradas, y esperamos que las futuras.