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sábado, 18 de febrero de 2012

Nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos

Dña. Viviane Reding, vicepresidenta de la Comisión Europea, ha presentado en Bruselas el pasado mes de Enero, el proyecto de Nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos.

Así mismo, en la 4 Sesión anual abierta de la Agencia de Protección de Datos, celebrada en Madrid a finales de Enero, se presento por D. Rafael García Gozalo, Coordinador del Área Internacional de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) las principales características de esta futura normativa.

Desde mayo de 2009 se está trabajando en las diferentes comisiones, consultas y grupos de trabajo, que ha determinado un cambio en materia de Protección de Datos y Privacidad en la Unión Europea, que está previsto aprobar a finales de 2013 y los gobiernos nacionales dispondrán de dos años para realizar la correspondiente transposición a su normativa y aplicación.

La principal característica, es que se trata de un Reglamento Europeo y por lo tanto, será directamente aplicable en todos los estados miembros, uniformando las diferencias que ahora existían en cada país, y limitando el desarrollo en los Estados Miembros.

En la práctica, se solucionaran algunos problemas surgidos durante los últimos años principalmente, como la territorialidad, la potestad sancionadora según el país donde la empresa tenga su principal actividad, el sometimiento a la legislación cuando se trate de empresas que operen con clientes europeos en el mercado europeo y que tengan base legal en Europa, con independencia de la nacionalidad de la compañía (Facebook, Google, Microsoft, etc.).

Así mismo, se clarificara la obligación de consentimiento, se establecerá la protección de datos “by-desing” y nacerá el derecho al olvido, que tanto ha sido reclamado en los últimos años, ante la dificultad de eliminar nuestros datos de Internet.

Se establecerán nuevas obligaciones a los proveedores de Servicios de la Sociedad de la Información, como la comunicación de quiebras de seguridad a la AEPD y a los usuarios. Este reglamento será respetuoso con el resto de Derechos de los Ciudadanos de la Unión Europea, como el derecho a la libertad de información.

www.bono-che.es

miércoles, 1 de febrero de 2012

Sanción de 2.000,00 €

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a sancionado con 2.000,00 € por infracción del artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como grave a una persona que realizo el alta en diferentes web con los datos personales de otra.

El denunciado, había realizado el alta en diferentes web, con datos de la persona que realizo la denuncia a la AEPD, si bien, no se llego a realizar un perjuicio económico a esta, si que había recibido algún regalo y diferentes comunicaciones que le hicieron denunciar los hechos. La dirección de correo electrónico utilizada, correspondía a la de un Centro de Enseñanza.

Sus datos, fueron localizados, mediante la correspondiente solicitud a las páginas web, para que facilitaran la dirección IP desde donde se realizo el alta, lo que facilito la localización, mediante la comunicación que realizaron las compañías de telecomunicaciones en cuanto a la asignación realizada de estas direcciones IP.

En su defensa, el denunciado, alega que tenía el consentimiento verbal de esta persona, a la que no podía localizar por estar de vacaciones, hecho, que nunca fue verificado.

Esta misma cuestión, fue objeto de un juicio de faltas, que fue resuelta con sentencia absolutoria del Juzgado de Instrucción, al no presentar acusación la parte denunciante.

Debemos destacar, que estas prácticas, en apariencia inofensivas, y que son realizadas por muchas personas, pueden llegar a suponer una importante sanción económica.

www.bono-che.es