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miércoles, 9 de diciembre de 2015

Ojito con el almacenaje en la nube y el uso de algunos programas

Leemos en el Confidencial, articulo titulado: "Ultimátum de la AEPD a empresas españolas: prohibido usar Dropbox o Google Apps", y es que tras la Sentencia sobre Safe Harbor del pasado 6-10-2015 del TJUE, de la que ya hablamos en nuestro boletín del mes pasado, era de esperar lo que se relata en este artículo.
Que es la recepción por parte de empresas españoles de cartas de la AEPD con apercibimientos para que antes del 29-01-2016, regularicen de forma que queden sometidos a la vigente Ley de Protección de Datos y su reglamento la transferencia de datos que puedan estar realizando a EEUU, ello por no cumplir este país con los requisitos propios de puerto seguro.
Por nuestra parte, simplemente recordar lo que habitualmente recomendamos a nuestros clientes, y es que como adelantamos en el titulo de este artículo, ojito con los almacenajes y la transferencia de datos fuera del ámbito de la UE.

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