Y esto es lo que ocurre en la Resolución
R/01601/2013 de la Agencia Española de Protección de Datos, de fecha
24/07/2013.El procedimiento se abrió por denuncia de una cliente de Ibercaja,
que el 7/11/11 recibió un ingreso realizado por un tercero en su cuenta
corriente. Dicho ingreso le fue anunciado por SMS por la entidad bancaria, y
dado que necesitaba copia del justificante del mismo, para adjuntarlo a una
denuncia presentada en la Inspección de Trabajo contra el pagador, la solicitó
a la sucursal en que se realizó el ingreso.
Al llegarle dicha copia vía fax, descubrió
que en el recibo entregado al tercero realizador del ingreso, constaban su
nombre completo y domicilio. Tramitado el procedimiento, con las pertinentes
alegaciones del denunciado, el mismo finaliza con multa de 20.000€, por
incumplimiento del deber de secreto del artículo 10 de la Ley Orgánica de
Protección de Datos.
Podéis acceder a la resolución completa en (Texto Resolución)