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jueves, 12 de septiembre de 2013

Justificante bancario con exceso de información, puede acarrear multa

Y esto es lo que ocurre en la Resolución R/01601/2013 de la Agencia Española de Protección de Datos, de fecha 24/07/2013.El procedimiento se abrió por denuncia de una cliente de Ibercaja, que el 7/11/11 recibió un ingreso realizado por un tercero en su cuenta corriente. Dicho ingreso le fue anunciado por SMS por la entidad bancaria, y dado que necesitaba copia del justificante del mismo, para adjuntarlo a una denuncia presentada en la Inspección de Trabajo contra el pagador, la solicitó a la sucursal en que se realizó el ingreso.
Al llegarle dicha copia vía fax, descubrió que en el recibo entregado al tercero realizador del ingreso, constaban su nombre completo y domicilio. Tramitado el procedimiento, con las pertinentes alegaciones del denunciado, el mismo finaliza con multa de 20.000€, por incumplimiento del deber de secreto del artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.
Podéis acceder a la resolución completa en (Texto Resolución)