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sábado, 16 de febrero de 2013

Multa de 2.000 € a una Fundación


Según información del Diario Juridico.com, recientemente, la Agencia Española de Protección de Datos, ha sancionado con 2.000,00 € de multa a una Fundación cultural, por enviar correos electrónicos a mas de 1.000 personas, mediante una lista de correo, lo que hace visible las direcciones de todos.

Se ha considerado que es una infracción al artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), en cuanto a la vulneración del Deber de Secreto.

La sanción, en un principio, fue considerada como grave y por lo tanto, con una sanción de entre 40.000 € y 300.000 €, que ha quedado graduada definitivamente en los 2.000 €, tras el estudio de las alegaciones presentadas.

Es importante destacar la necesidad de utilizar programas informaticos, que nos permitan generar estas comunicaciones (e-mailer), uno a uno, siempre que hayamos sido autorizados para el envío de comunicaciones comerciales o información, o se trate de clientes que no hayan ejercitado su derecho de cancelación.

Las entidades sin ánimo de lucro, como son las asociaciones o fundaciones, incluidas las fallas, las hogueras, club deportivos, etc. han de cumplir con la LOPD y con la LSSI, pero la falta de medios o de profesionales, hace que en muchos casos, se cometan errores que difícilmente pueden afrontar, teniendo en cuenta los presupuestos de la mayoría de estas entidades. Siendo especialmente problemático cuando se trata de entidades Juveniles o cuyos asociados son menores de edad.

Cumplir con la legislación, nos evitara sanciones, que pongan en peligro las importantes actividades que realizan el "Tercer Sector", especialmente en estos momentos de crisis.