Buscar en este blog

sábado, 17 de diciembre de 2011

Conservación de Datos con fines históricos

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), ha dictado en la resolución del expediente CD/00001/2011, autorización para la conservación de datos personales con fines históricos, concedida a la Confederación Sindical de la Unión General de Trabajadores de España, para el mantenimiento de sus datos de afiliados y representantes sindicales de los ficheros de su organización.

Es la primera concesión en este sentido, al amparo del artículo 4 de la LOPD y del artículo 9.2 de su Reglamento. Teniendo en cuenta que la UGT fue fundada en 1888 y forma parte de la historia de España.

Dicha solicitud está amparada en el artículo 49 de la Ley de Patrimonio Histórico Español (Ley 16-1985): “forman igualmente parte del patrimonio documental los documentos con una antigüedad superior a los cuarenta años generados, conservados o reunidos en el ejercicio de sus actividades por las entidades y asociaciones de carácter político, sindical o religioso y por las entidades, fundaciones y asociaciones culturales y educativas de carácter privado”

Tenemos que destacar, que las personas con acceso a estos ficheros, solo pueden hacerlo para su conservación, y no podrán ser utilizados para ningún otro fin. Estando especialmente informados de ello y existiendo un registro de acceso a los mismos. También han implementado una copia diaria de seguridad que permita garantizar la integridad de los mismos, además de los normales protocolos y procedimientos de protección de datos, como la existencia de un documento de seguridad.

Así mismo, han de modificar la inscripción en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos, para adecuarlo a la nueva finalidad histórica.

www.bono-che.es