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miércoles, 17 de febrero de 2010

La Normativa Laboral y la Protección de Datos

La normativa laboral y la de Protección de Datos, entran en conflicto en numerosas ocasiones, pero hoy queremos hablar de lo relacionado con la Prevención de Riesgos Laborales y los Datos Personales.

Los trabajos de vigilancia periódica de la salud, que suelen realizar estas empresas, son datos personales, especialmente protegidos, aunque bien es cierto que la empresa ha de conocer si sus trabajadores son aptos o no aptos para el puesto de trabajo que realizan.

Por lo tanto, la empresa ha de recibir un informe de la empresa de prevención, con los certificados médicos realizados y sus resultados de aptitud, nada más.

El resto de información, se ha de remitir directamente al interesado para su conocimiento.

Algunas empresas, no realizan correctamente este tipo de procedimientos, pues entregan al empresario toda la documentación, para que ellos la repartan a los trabajadores. Incluso, una de ellas ha solicitado información para poder depositar en los servidores de la empresa, toda la información, lo cual les ha sido denegado.

Recordar, que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, prohíbe la transmisión de la información médica obtenida a cualquier tercero, distinto del “personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores”, incluido al profesional médico de la empresa en que los trabajadores prestan su actividad, si este no ha realizado las actividades de vigilancia de la salud.

Por lo tanto, el médico o la empresa de prevención que realiza los trabajos, es el encargado de custodiar la documentación, facilitando a la empresa el apto/no apto del trabajador y al trabajador los resultados de los trabajos.